La publicidad engañosa de los coches y de los bancos

La Unión de Consumidores de España (UCE) ha denunciado una serie de irregularidades en los anuncios publicitarios de diversas marcas comerciales en los medios de comunicación españoles. El Grupo de Comunicación de la UCE ha realizado un estudio sobre la publicidad española a lo largo de los seis últimos meses. 

Aunque considera que, en general, la publicidad española alcanza altos niveles de calidad, el estudio desvela incumplimientos de la normativa legal. Según José Domingo Gómez Castallo, secretario general de la UCE, las irregularidades detectadas se deben a las lagunas de la normativa vigente «que no fija claramente lo límites para medir si la publicidad es engañosa» y un claro incumplimiento de la propia ley general de Publicidad. La publicidad financiera, de automóviles, venta por correo, tabaco, alcohol y juguetes son los sectores en los que más irregularidades se han detectado. 

Según el estudio, gran parte de las marcas de coches incitan al incumplimiento del artículo 312 del Código de Circulación al incitar a la velocidad. «Además de esto, los anunciantes están obligados a informar a los usuarios sobre las repercusiones que puede tener una conducción temeraria, según se establece en la Ley General de Defensa de los Consumidores», afirma. El sector automovilístico incumple, además y junto con la Banca, la normativa vigente en lo que a financiación se refiere. Casas como Ford, Citroen, Seat y Wolkswagen han recibido una llamada de atención por parte de la UCE por su publicidad engañosa. 

Todas ellas, excepto la casa Citroen, han aceptado modificar su publicidad. En cuanto a esta última, la UCE ha llevado el caso a los tribunales que podrían sancionarle con la obligación de emitir una publicidad reparadora. En cuanto a la Banca, los créditos a bajo interés y las supercuentas han sido los aspectos más estudiados. La UCE dice que, aunque la publicidad de entidades bancarias debe ser autorizada por el Banco de España, los anuncios engañosos son constantes. «Toda la publicidad bancaria comete errores de composición presentando ofertas en letras de cuerpo gigante y condiciones en letras imperceptibles. La propia Administración, en sus anuncios sobre emisiones de deuda pública, incurre en esta ilicitud», señaló. Asimismo, se ha solicitado al ministerio de Economía y Hacienda que elabore una normativa más rigurosa. «Su respuesta ha sido la publicación de una orden ministerial en el que se establece que la publicidad sobre los tipos de interés se hará siempre hablando de los tipos efectivos anuales». 

El estudio muestra que la venta por correo constituye otro de los sectores donde mayores fraudes se han detectado. Concretamente Damart/Beyela y la empresa Depósito de la Marina SA han originado un centenar de quejas en las oficinas de consumidores por publicidad engañosa. Según el estudio, la publicidad de tabaco y alcohol es la que más pone de relieve las indefiniciones de la ley general de Publicidad. La UCE denuncia la publicidad indirecta que realizan marcas como Fortuna, Camel, Winston, Larios o Cointreau que, presentando otros productos o patrocinando actividades deportivas no hacen sino evocar al usuario el tabaco y el alcohol.

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